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Nacionales

La Corte Suprema frenó el fallo que frenaba la derogación de la Ley de Tierras

La Corte Suprema revocó la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/23, con el que el Gobierno derogó la Ley de Tierras. El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Los jueces no analizaron la validez de la norma: resolvieron que la asociación demandante no podía iniciar ese proceso colectivo.

El reclamo había sido presentado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), que alertó sobre posibles efectos de la extranjerización de campos para la soberanía nacional. Para la Corte, la entidad no acreditó legitimación para actuar en nombre de un derecho colectivo. Por ese motivo, dejó sin efecto la decisión previa de la Cámara Federal de La Plata.

Sancionada en 2011, la Ley de Tierras fijaba límites a la propiedad rural de personas y empresas extranjeras. Entre ellos, establecía que como máximo el 15% de esas tierras podía estar bajo titularidad o posesión extranjera en el país, las provincias y los departamentos. También imponía un tope individual de 1.000 hectáreas en la zona núcleo.

La norma incluía además restricciones para inmuebles cercanos a cuerpos de agua y en zonas de seguridad fronteriza. Milei dispuso su derogación mediante el artículo 154 del DNU 70/23, firmado en diciembre de 2023. En enero de 2024, el juez federal Ernesto Kreplak suspendió cautelarmente esa disposición tras un pedido del Cecim.

Después de la feria judicial, el juez Alberto Recondo anuló la cautelar y rechazó la demanda por falta de legitimación. Sin embargo, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata revirtió esa decisión: admitió el planteo, declaró inconstitucional el artículo del decreto y ordenó registrar la causa como colectiva. El Estado apeló y el expediente llegó al máximo tribunal.

Los supremos centraron su análisis en si existía un caso judicial y si el Cecim podía impulsar la acción. En el fallo sostuvieron: “Frente a la clara ausencia de un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, no es posible tener por configurado un caso o controversia”. También objetaron el criterio de la Cámara sobre la soberanía como bien colectivo.

Radio Mitre

Nacionales

Cancillería advirtió a los argentinos que buscan incorporarse a los ejércitos extranjeros

La Cancillería argentina difundió este martes una advertencia dirigida a quienes evalúan incorporarse voluntariamente a fuerzas armadas de otros países. El organismo informó que en el último tiempo observó un aumento de muertes, desapariciones y situaciones de vulnerabilidad entre ciudadanos argentinos que participan de estructuras militares extranjeras involucradas en conflictos internacionales.

En el comunicado, el Ministerio de Relaciones Exteriores también señaló que algunos casos incluyen limitaciones a la libertad personal y “serias dificultades” para abandonar esas fuerzas. La alerta apunta a los riesgos que pueden afrontar los argentinos en ejércitos extranjeros, incluso cuando intentan poner fin a su participación, y llama a considerar con cautela cualquier propuesta vinculada con esos destinos.

Como medida preventiva, Cancillería aconsejó extremar los recaudos frente a anuncios laborales que circulen por redes sociales, plataformas digitales u otros canales. La recomendación abarca tanto los ofrecimientos relacionados de manera directa con tareas militares como las propuestas que se presentan como empleos civiles en territorios afectados por enfrentamientos armados.

El Gobierno alertó que algunas convocatorias para realizar supuestas tareas civiles en zonas de conflicto pueden terminar en la firma de contratos militares. Por eso, pidió desconfiar de las condiciones poco claras y evaluar con atención la naturaleza real de cada empleo antes de aceptar una oferta, especialmente si el puesto implica trasladarse a un área en guerra.

La Cancillería advirtió, además, que quienes se suman a fuerzas armadas extranjeras podrían encontrar obstáculos para recibir asistencia consular. Según explicó, las limitaciones pueden depender de las cláusulas de los acuerdos que hayan firmado los ciudadanos y de las restricciones para ingresar a determinadas zonas donde se desarrollan las operaciones.

Para las personas que ya estén atravesando una emergencia, el Ministerio indicó que pueden comunicarse con la representación argentina en el país donde se encuentren. Si Argentina no tiene allí una sede diplomática residente, la asistencia debe gestionarse a través de la embajada concurrente que corresponda, de acuerdo con las indicaciones oficiales.

Radio Mitre

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