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Judiciales

Otorgaron el cese de prisión para un individuo acusado de comercialización de estupefacientes

Se hizo lugar al planteo de la defensa de Víctor Hugo Cruz (a) «Muela», quien fue liberado bajo una fianza de 2 millones de pesos y una serie de reglas de conducta.

En el transcurso de una audiencia celebrada en la mañana de este martes, la Dra. Érika Casagrande Valdueza, jueza de Control y Garantías, hizo lugar al planteo de los abogados Martín Rojas y Martina Magnone, defensores de Víctor Hugo Cruz, a quien ordenó excarcelar tras compartir el criterio de los letrados en cuanto a la inexistencia de riesgos procesales.

La causa en contra de «Muela» Cruz y de otras personas se inició el 29 de octubre de 2024 con una denuncia anónima, la cual indicaba que en un domicilio situado en el barrio Mosconi de la Capital existía un punto de venta de drogas. Obtenidas las evidencias, la fiscalía solicitó al juez Héctor Salomón que ordene el allanamiento para detener a los inculpados y secuestrar drogas y todo otro elemento vinculado a la ilegal actividad desplegada en el lugar.

El procedimiento se llevó a cabo en horas de la siesta del 11 de abril de 2025, lográndose el secuestro de envontorios que contenían cocaína, una importante suma de dinero, teléfonos celulares, un arma de fabricación casera, un motovehículo, entre otros objetos.

Cabe señalar que durante el allanamiento los efectivos policiales no hallaron a «Muela» Cruz, quien en esa ocasión no se encontraba en el domicilio, aunque tiempo después fue ubicado y detenido por los uniformados. Luego le dictaron la prisión preventiva.

En la audiencia de este martes la fiscal Florencia Torres Cianferoni se opuso a la excarcelación del imputado, aduciendo que aún persistían los peligros procesales, ya que existían testigos del caso que aún no habían declarado, y que Cruz podría influir en los mismos o amedrentarlos para que no brinden testimonio. Sin, embargo, indicó que esas personas todavía no habían sido identificadas.

Los defensores rechazaron los argumentos de la fiscalía, advirtiendo que si los testigos no habían sido identificados aún, «Muela» Cruz no podría amedrentarlos, y finalizaron pidiendo que se conceda el cese de prisión para el inculpado, a lo cual se hizo lugar.

Judiciales

Comerciante chocó y mató a una jovencita y pretende que le concedan la probation

La fiscalía y los querellantes Natalia Torrez y Daniel Torrez se opusieron. El Tribunal pasó a un cuarto intermedio y resolverá en próximos días.

En la mañana de este martes un Tribunal Unipersonal, a cargo del Dr. Daniel Alfredo Pérez Gallardo, comenzó a juzgar al comerciante Dante Ricardo Risso Patrón, quien el 30 de enero de 2022 chocó a la joven Estela Toloza, que circulaba en una moto, y tras arrastrarla varios metros le causó la muerte. El hecho ocurrió en la Ruta Nacional N° 16, a la altura del paraje Los Naranjos, entre las localidades de Los Tigres y El Caburé (Copo).

En el marco de los alegatos de apertura tanto el fiscal Santiago Bridoux como los querellantes Natalia N. Torrez y Daniel O. Torrez, sostuvieron que en el transcurso del juicio acreditarán la responsabilidad de Risso Patrón y pedirán que sea condenado por el delito de homicidio culposo, destacando la negligencia con la que obró el comerciante inculpado.

Irrisorio ofrecimiento

Por su parte, la defensa de Risso Patrón solicitó la suspensión del juicio a prueba -probation- y ofreció un resarcimiento de 6 millones de pesos a la familia de la víctima, además de comprometerse a realizar trabajos comunitarios e incluso autoinhabilitarse, concurriendo a cursos para mejorar su capacidad para conducir, entre otras cuestiones.

Oposición de fiscalía y querella

La fiscalía se opuso a la concesión de la probation, beneficio que consideró extemporáneo ya que el art. 32 del Código de Procedimientos establece que tal planteo debió hacerse 30 días antes de la etapa de juicio, plazo que actualmente se encuentra vencido, además de exponer otros argumentos que hace que la suspensión del juicio a prueba sea inviable.

A su turno, con sólidos argumentos, los querellantes también se opusieron al pedido de la defensa, adhiriéndose a los fundamentos de la fiscalía, a los cuales apuntaló con otros argumentos, aludiendo el art. 76 bis del Código Penal, que establece que la probation puede aplicarse a casos en los cuales la condena no exceda los 3 años de prisión, mientras que el delito endilgado a Risso Patrón tiene una pena de hasta 5 años de prisión.

Los Dres. Torrez consideraron irrisoria la suma ofrecida como resarcimiento para la familia de la víctima, a la vez de aclarar que en la audiencia el acusado se presentó como jubilado, cuando en realidad es un comerciante, lo cual está acreditado en las actuaciones civiles.

Finalmente, tras escuchar los planteos de las partes, el camarista Alfredo Daniel Pérez Gallardo decidió pasar a un cuarto intermedio para resolver, suspendiendo el juicio hasta una fecha que se notificará oportunamente.

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