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Judiciales

Denuncian abusos sexuales en perjuicio de jugadoras de hockey del club Estrella Roja

El abogado Carlos Ríos López hizo la presentación. El acusado es el ex DT y actual presidente de la entidad. Otro entrenador fue denunciado por encubrimiento.

La denuncia que impulsó un abogado del foro local ante el Ministerio Público Fiscal, dando cuenta de casos de abuso sexual en un club situado en el barrio Autonomía de la Capital, conmocionó al ámbito del hockey y a toda la comunidad, conociéndose que en las últimas horas fueron separados de la entidad deportiva un expresidente y entrenador, en tanto que otro director técnico se habría visto implicado en el encubrimiento de tales reprochables hechos.

Presentación judicial
El abogado Carlos Ríos López realizó la presentación ante la Unidad Fiscal para delitos contra la integridad sexual, requiriendo que se investiguen los hechos denunciados, en los cuales las víctimas fueron jóvenes que integraban el equipo de hockey femenino del club Estrella Roja, incluso una de ellas menor al momento de sufrir los abusos.
Tales hechos las víctimas los develaron al psicólogo de la institución, a quien las jóvenes manifestaron que quien era director técnico del equipo y que hasta hace algunas horas era el presidente de la entidad, las había acosado y manoseado en sus partes íntimas.
Ante tales revelaciones el acusado renunció al cargo de entrenador y designó a otra persona para que sea el director técnico, mientras él mantenía el cargo de presidente de la entidad.

Amenazas a las jugadoras
La denuncia devela que el nuevo entrenador reunió a todas las jugadoras, a las que habría amenazado para que no se hable más del tema de los abusos, y fue mucho más allá: Despidió al psicólogo, con claras intenciones de que los hechos queden en la nada, es decir que no se hagan públicos.
Sin embargo eso no ocurrió y se radicó la denuncia correspondiente, que estaría apuntalada por los datos que aportaron las víctimas, e incluso habría audios con las manifestaciones de las jugadoras víctimas, por lo cual el letrado solicitó a la fiscalía que se releve del secreto profesional al psicólogo, para que pueda brindar testimonio en la causa.
El Dr. Ríos López remarcó que «Desde junio de este año hay un grupo de chicas amenazadas para que callen, amenazadas para que no cuenten a nadie sobre los abusos, y de esa manera fueron alejadas de la única persona con quien tenían un vínculo de confianza, el cual era su psicólogo”.
El letrado también solicitó que se ordebne la intervención judicial del club, al entender que las autoridades que fueron denunciadas no deberían continuar al frente de la institución mientras se investiga el caso.

«El presidente y el director técnico no pueden seguir organizando, dirigiendo y amedrentando a las menores, y eventualmente destruyendo pruebas”, dijo Ríos López.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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