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Judiciales

Revocan condena y absuelven, por la duda, a acusado de violar y embarazar a una niña de 12 años

Resolución de un Tribunal de Alzada que consideró no acreditado el grado de certeza necesario para condenar al joven con retraso madurativo moderado.

Un Tribunal de Alzada revocó la condena que le había sido aplicada a un joven con retraso madurativo moderado, a quien un Tribunal de Juicio había hallado culpable de haber violado y embarazado a una menor de 12 años, hecho por el que le aplicó una condena de 6 años de prisión, la cual ahora fue dejada sin efecto al considerar los magistrados que no había certezas en relación a lo ocurrido, y en consecuencia dispuso exculpar a Renzo Nahuel Gómez -por el beneficio de la duda- en relación al delito de abuso sexual con acceso carnal.

Inicio de la causa
Las actuaciones en contra de Gómez se inició en base a la denuncia que el 29 de septiembre de 2021 impulsó Karina Vallejos, agente sanitaria del Hospital Zonal de Monte Quemado, quien informó que una niña de doce años cursaba un embarazo. A partir de ello se activaron los mecanismos de protección correspondientes y se desarrolló una investigación que permitió identificar a Gómez, de 22 años, como la persona que mantenía una relación con la menor y habría sido responsable del embarazo, aunque posteriormente la niña perdió el bebé.

Detención y condena
Como consecuencia de la investigación se dispuso su inmediata detención, se le dictó la prisión preventiva en el momento procesal oportuno, y posteriormente se celebró el juicio oral, culminando el mismo con la sentencia que el tribunal integrado por los vocales Julio David Alegre Paz, Graciela Viaña de Avendaño y Daniela Campos Nittinger, dictó el 23 de febrero de 2024, condenando a Gómez a la pena de seis años de prisión como autor de abuso sexual con acceso carnal.

Recurso de la defensa
Los Dres. José Alberto López y Saúl Alejandro Medina recurrieron al Tribunal de Alzada, argumentando que el Tribunal de Juicio Oral no tuvo importantes pruebas que favorecían al imputado, como que los padres de la niña sabían de la relación que mantenían y la aceptaba, como los dichos de otros testigos que afirmaron que era normal ver al acusado y a la menor,caminar como novios en la vía pública y ante la vista de todos.
Los letrados consideraron que no se había acreditado el grado de certeza necesario para dictar dicha condena, a la cual pidieron que sea revocada y que se absuelva a Gómez, lo cual la fiscalía solicitó rechazar y confirmar la sentencia del tribunal que lo había juzgado.
Finalmente, en la mañana de este viernes se conoció la resolución del Tribunal de Alzada, que revocó la condena y absolvió por el beneficio de la duda a Gómez, ordenando su inmediata libertad.

Judiciales

Ratifican y amplían denuncia en contra de un psiquiatra: La ex pareja lo acusa de abusarla sexualmente en contexto de violencia de género

Con el patrocinio de la Dra. Carolina Ordóñez aportó nuevos datos, pide recibir testimonio a dos personas, y realizar pericias al celular del acusado.

La víctima había denunciado al profesional el 20 de mayo del corriente año, endilgándole amenazas, sometimiento y administración de medicación que le provocaba estados de somnolencia y disminución en sus capacidades de reacción.

La denunciante puso en conocimiento del Ministerio Público Fiscal nuevos hechos y circunstancias que pudo exteriorizar y precisar en forma posterior a la segunda denuncia que se realizó en contra del psiquiatra. En tal sentido, en la primera denuncia no relató los abusos sexuales que sí mencionó en su segunda denuncia, en agosto del corriente año.

La Dra. Ordóñez, que se constituyó como parte querellante en representación de la víctima, justifica que no se haya denunciado los abusos desde la primera denuncia, «ya que la circunstancia debe ser comprendida dentro del contexto integral de la relación, y del estado en que se encontraba mi representada, sostiene la letrada.

Aclaró que no se intenta desconocer ni modificar lo manifestado en la denuncia inicial, sino que -por el contrario- se amplía la denuncia «a partir de recuerdos, asociaciones y elementos que mi representada ha podido exteriorizar con posterioridad», indica la abogada.

Explica que en la primera denuncia, realizada ante personal masculino de la Comisaría N° 7, a su asistida le dio vergüenza mencionar las cuestiones sexuales, además de resaltar que la mujer estaba pasando por una situación de mucho miedo, angustia, dependencia emocional, además de un estado de vulnerabilidad absoluta, e inmersa en una relación de poder por la situación que atravesaba, encontrándose imposibilitada de comprender, ordenar y exteriorizar lo sucedido», refiere la Dra. Ordóñez.

La letrada explicó que la contención que le brindaron sus amigas y por medio de técnicas y entrevistas psicológicas realizadas por el equipo especializado en la Oficina de Violencia, recién pudo develar la situación vinculada a las situaciones de abuso sexual que sufrió por parte del psiquiatra denunciado.

Por respeto a la víctima Santiago News no consignará las prácticas sexuales a que era sometida por el individuo, según asegura la víctima, cuyas precisiones si están detalladas en la ampliación de la denuncia que se realizó, en la cual además se aportaron importantes elementos de prueba para que sean incorporados al legajo.

Audios a la tía del acusado

Entre las piezas probatorias aportadas figuran los audios que – a través de la red social WhatsApp- le envió a la tía del psiquiatra, en circunstancias que estaba desorientada, con mucho dolor de cuerpo y casi sin poder caminar debido a los efectos de las sustancias que su ex pareja le había suministrado.

La Dra. Ordóñez considera de vital importancia la incorporación de tales audios, «porque constituyen un registro contemporáneos a los hechos relatados, y que permiten comprobar el estado que presentaba mi asistida al momento de realizar tales comunicaciones. Su estado se podrá apreciar por el tono de vos, la lentitud del habla, la dificultad en la articulación de las palabras, lo que acredita el estado de somnolencia y la afectación psicofísica de la denunciante», remarcó la abogada.

La profesional explica que posteriormente su asistida develó lo que le había pasado a personas de su confianza, aportando los datos de identidad de dos amigas, a las que solicita se le recepten sus testimonios para corroborar lo antes manifestado, y para que aporten todo lo que les había contado la denunciante.

La querellante también solicitó que a su representada se le realice una nueva evaluación psicológica especializada, con profesionales que tengan formación específica en violencia de género y violencia sexual, además de requerir que se determinen los efectos de las sustancias identificadas en los blísteres aportados, lo cual consideró una pericia de especial relevancia.

Finalmente, la Dra. Ordóñez solicita a la fiscalía interviniente que una vez reunidos los elementos de convicción suficientes, «se evalúe la procedencia de la correspondiente imputación y calificación jurídica de los hechos.

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