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Judiciales

Incalificable sujeto purgará 12 años de prisión por abusar sexualmente a tres sobrinos, todos menores

La sentencia fue aplicada por un Tribunal Unipersonal a cargo del camarista Juan Carlos Storniolo, quien homologó el acuerdo de fiscalía y defensa.

En el transcurso de un juicio abreviado, un albañil de 37 años y domiciliado en el barrio Ejército Argentino de la Capital, cuya identidad Santiago News no la devela para resguardar a las víctimas, admitió los aberrantes abusos y ultrajes sexuales que perpetraba en perjuicio de sus sobrinos de 5, 7 y 11 años, y requirió a su defensa que tramite con la fiscalía aplicar el trámite abreviado, aceptando la condena que había sido propuesta.

Inicio de las actuaciones

La causa en contra del individuo se inició el 18 de marzo de 2024, con la denuncia que impulsó la madre de los menores por ante las autoridades de la Comisaría N° 5 de la Mujer y la Familia, luego que sus hijos le revelaran los ataques sexuales que sufrían por parte del tío.

Cabe señalar que los abusos sexuales ocurrieron en la casa donde vivía el imputado, quien quedaba al cuidado de los niños. Respecto del menor de 5 años la denunciante sostuvo que este le contó que el tío lo besaba en la boca, le practicaba sexo oral, le introducía el miembro en la boca y que también lo había accedido carnalmente.

El niño de 11 años, que es ahijado del acusado, relató a su progenitora que el sujeto lo había abusado cuando él tenía entre 6 y 7 años. Aseveró que el sujeto lo encerró en una habitación y tras sacarle la ropa lo manoseaba en las partes íntimas, además de practicarle sexo oral.

La niña de 7 años le contó sobre los abusos a una tía, manifestándole que la había abusado en una sola ocasión, que ocurrió en el 2023. La menor reveló que el tío la había manoseado las partes íntimas por debajo de la ropa, además de mostrarle videos pornográficos que tenía en el teléfono celular, para finalmente amenazarla para que no cuente nada de lo que le hizo. También trataba de ganar el silencio de la niña comprándole golosinas.

El acuerdo de partes

La Dra. Daniela Yslas, de la Unidad Fiscal para delitos contra la integridad sexual, y la abogada Estefany Budán, acordaron imprimir al caso el trámite abreviado y presentaron el acuerdo al juez Storniolo para que sea homologado.

La defensa solicitó al magistrado que tras condenar al sujeto le permita cumplir la pena en el lugar donde actualmente se encuentra alojado, es decir en el Centro Único de Detenidos, ya que temía por la integridad física de su cliente en caso de ser alojado en el Penal de Varones, ya que el padre de las víctimas es empleado del Servicio Penitenciario Provincial, y se desempeña como guardia en la parte externa del Penal de Varones.

Tras analizar el acuerdo, el magistrado resolvió homologarlo y condenó al albañil a la pena de 12 años de prisión, manteniéndole su lugar de detención en la institución donde está alojado.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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