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Purgará condena de 10 años de prisión por asesinar de un tiro a un joven en La Banda

Imagen ilustrativa

Los fiscales Hugo Herrera e Ignacio Guzmán habían solicitado que Carlos Exequiel Loto (a) «Carlitos» sea condenado a la pena de 14 años de cárcel.

El 18 de marzo de 2022 se produjo un incidente en el barrio El Tuscal de La Banda, siendo protagonizado por el acusado y familiares de Claudio Umbídez (a) «Chancay». Lo que se inició como un enfrentamiento verbal terminó en tragedia, ya que Loto sacó a relucir una «tumbera» y efectuó disparos, uno de los cuales impactó en la cabeza de «Chancay», quien tuvo que ser hospitalizado a causa de la gravedad de la herida, y a pesar de los esfuerzos médicos por salvarle la vida dejó de existir cuarenta días después.

Tras cometer el grave hecho «Chancay» huyó rápidamente del lugar y se mantuvo en calidad de prófugo de la Justicia hasta abril de ese mismo año. Fue su progenitor quien se presentó en la Unidad Fiscal para Banda y Robles, informando el paradero de «Chancay», por lo que de inmediato se montó un procedimiento para detener al homicida, a quien se imputó el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

Por su parte, la defensa del inculpado solicitó que se elimine el agravante y que Loto sea condenado a la pena mínima por el delito de homicidio simple, admitiendo la autoría de su asistido respecto del crimen endilgado.

Tras los alegatos de clausura de fiscalía y defensa, el tribunal que fue integrado por los jueces Sara Harón, Luis Ariel Domínguez y Luis Eduardo Achával pasaron a un cuarto intermedio para deliberar y luego de unos minutos dieron a conocer el veredicto al que habían arribado, condenando a «Carlitos» Loto a la pena de 10 años de prisión.

 

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Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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