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Judiciales

Un pai umbanda será sometido a un juicio por abusar a una sobrina

El defensor presentó piezas probatorias.

La jueza María Pía Danielsen resolvió elevar a juicio la causa seguida a un pai umbanda, el cual está acusado de haber abusado sexualmente a una sobrina, cuando esta era menor. Actualmente la víctima ya es mayor de edad.
La magistrada admitió todas las piezas probatorias que presentaron la fiscal Nathalia Malachevsky y el abogado Felipe Villalba Sández, defensor del sujeto acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal.
El pai, de 46 años y residente en el barrio Los Inmigrantes de esta ciudad, fue denunciado en febrero de 2021 por la madre de la damnificada, luego que esta le contara que cuando ella iba a la casa del sujeto para cuidar al hijo de este, el tío le hacía baños espirituales pasándole velas por todo el cuerpo, aprovechando tales circunstancias para toquetearla en sus partes íntimas.
La adolescente reveló que en una de esas prácticas, el acusado le bajó el short y la bombacha, para luego introducirle los dedos en la vagina. También relató que en una ocasión cuando ambos iban en un vehículo, el tío detuvo la marcha y agarrándole la mano la obligó a tocarle sus genitales.
Al momento de ser indagado, el pai umbanda negó los hechos atribuidos y sostuvo que la menor jamás se quedó en su casa sola, que siempre iba con la madre, y que nunca estuvo al cuidado de su hijo. También negó haberle realizado los baños espirituales e indicó que la sobrina participó de las ceremonias de dicho culto, las que se realizaban en Los Romano.
En el momento oportuno la fiscal dio por terminada la investigación y presentó su pedido para que la causa sea elevada a juicio, solicitando que las pruebas producidas sean admitidas.
El abogado Villalba Sández hizo lo propio, y pidió que sus elementos probatorios también sean validados e incorporados.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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