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Judiciales

Excarcelan a un sujeto acusado de tres hechos de abigeato y un robo en una entidad deportiva

Se hizo lugar al planteo de la Dra. Soledad Schejtman, defensora del inculpado. Fiscalía había solicitado la prisión preventiva.

La Dra. Érika Casagrande Valdueza, jueza de Control y Garantías, resolvió liberar a Braian Carrizo, a quien impuso una fianza real de 5 millones de pesos, además de medidas restrictivas y reglas de conducta varias, bajo apercibimiento de revocarle el beneficio y ordenar su inmediata detención en caso de incumplimiento.

Los Dres. Nicolás Heredia y Florencia Moreno, representantes del Ministerio Público Fiscal, acusaron a Carrizo por los delitos de abigeato agravado por el número de animales sustraídos y la participación de cinco personas -tres casos- y un robo calificado por haberse cometido en poblado y en banda. Requirieron dictar la medida coercitiva por considerar vigentes los peligros procesales, además de fundar el pedido en las escuchas telefónicas y en informes de empresas de telefonía celular, en los cuales surgiría que los números de celulares de los imputados habrían impactado en antenas situadas en cercanías a los lugares del hecho.

Planteo de la defensa

A su turno, la Dra. Soledad Schejtman -abogada defensora de Carrizo- se opuso al dictado de la prisión preventiva, y solicitó la excarcelación de su asistido, al entender que no se daban los presupuestos para la procedencia de dicha medida.

La letrada indicó que se investigan cuatro hechos, «de los cuales no existe acta de allanamiento en el domicilio de mi defendido, no existen secuestros que lo comprometan a él. Las denuncias fueron realizadas contra autores desconocidos y los testimonios que se recabaron no identificaron a mi cliente como autor, por lo tanto no está acreditada su autoría como faenador», remarcó la profesional.

Añadió además que «la camioneta secuestrada y afectada a la causa, que supuestamente habría sido utilizada como medio para cometer los delitos, no es de su titularidad registral y tampoco se encontraba en ella cuando el 9 de agosto de este año la Policía efectuó el procedimiento,mediante el cual logró aprehender a dos de los coimputados».

«Se acredita la inexistencia de riesgos procesales, no hay peligro de entorpecimiento de la investigación porque se encuentra muy avanzada y tampoco existe peligro de fuga, ya que se acreditó el arraigo y un trabajo estable», subrayó la Dra. Schejtman.

Los delitos imputados

Según la fiscalía, en la madrugada del 18 de junio de 2025 Braian Carrizo junto a Cristian Daniel Neirot, Esteban Agustín Gutiérrez, Pablo Daniel Díaz y Carlos Alejandro Juárez (a) «Mono», ingresaron al establecimiento rural de Lucas Castro, en El Simbol (Silípica), donde tras cortar los cables de las cámaras de seguridad mataron un animal y luego sustrajeron otros siete vacunos.

El 3 de julio de 2025 los mismos sujetos ingresaron a la propiedad de Carlos Aralde, donde apuñalaron a un vacuno y se apoderaron de otros nueve animales, a todos los cuales faenaron en el lugar y huyeron llevándose la carne.

Em la siesta del 26 de julio del año pasado, alrededor de las 14, los inculpados ingresaron al inmueble rural de Leandro Curi, situado en Maco (Alberdi), donde faenaron cinco vacunos que eran de propiedad de Eduardo Torres, fugando del lugar llevándose la carne.

En la madrugada del 8 de agosto de 2015, aproximadamente a la una, los inculpados entraron en forma clandestina al club Deportivo San Pedro, y tras violentar los candados de la cantina y del depósito, se apoderaron de diversos bienes y luego se dieron a la fuga.

Finalmente, la magistrada compartió el criterio de la abogada defensora, y consideró que el dictado de la prisión preventiva debe necesariamente superar un examen estricto de proporcionalidad, lo cual no ocurría en el caso y por ello resolvió excarcelar a Carrizo, al que aplicó la mencionada fianza real, que una vez depositada permitirá al sujeto quedar libre.

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Lo condenaron a la pena de 9 años de prisión por reiterados ultrajes sexuales a su hija

La madre de la menor, oriunda de Lavalle (Guasayán), denunció al sujeto, del cual está separada. Los hechos ocurrieron cuando la niña iba a visitar al progenitor.

En el transcurso de un juicio abreviado un Tribunal Unipersonal -a cargo del Dr. Raúl Santucho- condenó a un incalificable individuo a cumplir la pena de 9 años de prisión, como autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante y agravado por el vínculo.

El caso salió a la luz en julio de 2023 cuando una mujer domiciliada en dicha localidad, se presentó en una dependencia policial y radicó denuncia en contra de su ex pareja, al que acusó de haber ultrajado sexualmente a la hija, quien le había revelado que los abusos que sufrió ocurrieron cuando ella tenía entre 10 y 13 años, precisando que el sujeto aprovechaba cuando la menor iba a visitarlo para abusarla sexualmente.

La causa fue investigada por el Dr. Alfonso Arce, de la Unidad Fiscal de Frías, quien ya había presentado la requisitoria de elevación del caso a juicio, pero el sujeto inculpado admitió los hechos imputados y solicitó a su defensa que acuerde la realización de un juicio abreviado, aceptando la condena de cumplimiento efectivo que había sido propuesta.

El acuerdo fue presentado al Dr. Santucho, quien tras analizarlo en forma pormenorizada y contando con la conformidad del imputado, procedió a homologarlo.

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