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Judiciales

Dictan prisión preventiva para acusado de abusar a una menor, tras abordarla en una plaza

La defensa había solicitado que el sujeto sea excarcelado, al considerar que no estaba acreditado que era autor del hecho.

La jueza María Pía Danielsen echó por tierra las pretensiones de la defensa de un sujeto acusado de haber abusado a una menor, la cual pugnaba por la excarcelación de su asistido, quien deberá permanecer alojado en una celda porque la magistrada le dictó la prisión preventiva por el plazo de un año.
El 27 de mayo del corriente año la madre de la menor radicó una denuncia, manifestando que su hija había sido abusada sexualmente por un sujeto, quien había encontrado a la menor en una plaza situada en el barrio Mosconi de la Capital.
La mujer manifestó que ella había salido de su domicilio para dirigirse hacia la casa de una vecina, desde donde regresó alrededor de las 22, no encontrando a su hija en la casa. De inmediato comenzó a buscarla, consultado a familiares y vecinos, pero nadie había visto a la menor, por lo cual decidió dar parte a la Policía.

La encuentran
En momentos que estaba en la dependencia policial recibió un llamado telefónico, mediante el cual el padrino de la menor le comunicaba que habían encontrado a su hija, quien posteriormente le reveló que había sido abusada sexualmente por un sujeto, quien la había manoseado en sus partes íntimas y le había introducido los dedos en la vagina.
De la denuncia se dio intervención a la fiscalía de turno, desde donde se dispuso el inicio de la investigación, que culminó con la detención del acusado, a quien se endilgó el delito de abuso sexual con acceso carnal.

Lo que solicitaron
Durante la audiencia, la fiscal Nathalia Malachevsky solicitó que se dicte la prisión preventiva por el plazo de ley, de dos años, argumentando la existencia de peligros procesales toda vez que resta producir diversas medidas, en las cuales el inculpado podría influir, entre otros fundamentos.
La defensa se opuso al requerimiento fiscal y pidió que el sujeto sea excarcelado, ya que a su criterio no estaba acreditado que su asistido haya sido autor del hecho, advirtiendo que según el examen de los forenses la menor presentaba lesiones de antigua data.
Tras escuchar los planteos la magistrada rechazó el pedido de la defensa y dictó la medida coercitiva por el plazo de un año.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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