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Judiciales

Condenan a sujetos que vendían drogas en la ex gruta del barrio Sarmiento de la Capital

A uno de ellos se aplicó una pena efectiva de 4 años y 6 meses de prisión, en tanto que otros dos cumplirán 2 años y 6 meses en suspenso.

En el transcurso de un juicio abreviado el Dr. Gastón Merino, juez de Control y Garantías, condenó a tres sujetos implicados en una causa por narcomenudeo, uno de ellos con pena de prisión efectiva y los restantes en suspenso, homologando de esa manera el acuerdo que le presentaron la fiscal Florencia Torres Cianferoni y los abogados Pedro Orieta y Paulo Campos, abogados defensores de los imputados.
El magistrado aplicó una condena de 4 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo a Martín Luna, como autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en tanto que a los hermanos Diego Orieta y Ezequiel Orieta les impuso una pena de 2 años y 6 meses de prisión en suspenso por el delito de tenencia simple de estupefacientes.

Inicio de la causa
La causa en contra de los imputados se inició el 14 de agosto de 2025, luego que denuncias anónimas alertaran que en una gruta existente en el barrio Sarmiento de la Capital, se reunían varios sujetos que en ese lugar vendían sustancias tóxicas, lo que motivó el inicio de una investigación, durante la cual efectivos policiales lograron colectar numerosas y contundentes evidencias, que acreditaron el ilegal proceder los implicados.
Con tales elementos probatorios la fiscal solicitó a un juez de Control y Garantías que ordene una serie de allanamientos, y durante tales procedimientos se detuvo a los implicados, además de secuestrar una importante cantidad de envoltorios con cocaína listos para ser comercializados, balanzas, celulares, motovehículos y una suma de dinero en efectivo.
A los hermanos Orieta el juez les impuso medidas restrictivas y una serie de reglas de conducta, bajo apercibimiento de revocarles la pena en suspenso y convertirla en efectiva, en caso de incumplir dichas medidas.

Judiciales

La Cámara de Apelaciones confirmó la prisión preventiva para Delfín Hoyos y Enrique Carrizo en una causa por narcotráfico en Monte Quemado

La Cámara de Apelaciones confirmó la prisión preventiva de Juan Delfín Hoyos y Enrique Galván Carrizo, acusados de narcotráfico en Monte Quemado. La Unidad Fiscal y el fiscal Luis Gabriel Gómez sostuvieron la acusación y remarcaron la existencia de una red organizada de comercialización de drogas.

La justicia provincial ratificó la prisión preventiva de Juan Delfín Hoyos y Enrique Galván Carrizo, acusados de integrar una red de comercialización de estupefacientes en la localidad de Monte Quemado. La resolución fue dictada por la Cámara de Apelaciones y Control en lo Penal, que rechazó los recursos presentados por las defensas y confirmó lo dispuesto por el juez de Control y Garantías.

El caso se inició en la justicia federal en el año 2024, cuando una mujer entregó espontáneamente una mochila con tres kilos de droga en una garita policial, señalando que pertenecía a su pareja. A partir de allí, la Unidad Fiscal de Monte Quemado, a cargo de los doctores Santiago Bridoux y Gabriel Gómez, desplegó una investigación que incluyó escuchas telefónicas durante más de un año, allanamientos y seguimientos financieros. Según el expediente, Hoyos habría movilizado cerca de 37 millones de pesos en tres meses, sin justificar actividad laboral alguna.

En los allanamientos realizados en diciembre de 2025 se secuestraron drogas fraccionadas, dinero en efectivo y elementos vinculados a la comercialización. En el domicilio de Hoyos se hallaron envoltorios con cocaína y marihuana, además de un cuaderno de anotaciones y $2.836.500 en efectivo. En el inmueble de Galván Carrizo se encontraron casi un kilo de marihuana enterrada en distintos sectores del predio, junto a una balanza y teléfonos celulares.

Las defensas intentaron que se modificara la calificación legal a tenencia simple, argumentando que la cantidad secuestrada era ínfima y que no existían pruebas suficientes de comercialización. También solicitaron la excarcelación y, en el caso de Hoyos, prisión domiciliaria por razones de salud. Sin embargo, la Cámara consideró que los elementos reunidos —escuchas, movimientos bancarios, ocultamiento de la droga y coordinación con otros imputados— son compatibles con la figura de tenencia con fines de comercialización prevista en el artículo 5 de la Ley 23.737.

El tribunal destacó además la complejidad de la causa, que involucra a varios imputados, fuerzas federales y provinciales, y hasta un prófugo con pedido de captura internacional. En ese contexto, se verificaron riesgos procesales concretos, como la posibilidad de entorpecer la investigación o influir sobre testigos en una localidad pequeña como Monte Quemado.

Respecto al pedido de prisión domiciliaria para Hoyos, la Cámara señaló que el informe forense concluyó que puede continuar su tratamiento médico estando privado de libertad, por lo que no se verifican los requisitos legales para esa alternativa.

Con esta decisión, la justicia provincial reafirma el trabajo de la Unidad Fiscal de Monte Quemado representada por el fiscal Luis Gabriel Gómez, quienes sostuvieron la acusación y remarcaron la existencia de una organización dedicada al tráfico de drogas en la zona norte de la provincia. La causa continuará con nuevas pericias sobre los dispositivos telefónicos secuestrados y con la preparación de la requisitoria fiscal para su eventual elevación a juicio.

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