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Judiciales

Dictan prisión preventiva para ex recluso acusado de violar a una menor

El juez Fernando Paradelo resolvió dictar la prisión preventiva para un ex recluso que se domiciliaba en el barrio Bruno Volta de la Capital, quien está acusado de haber violado a una niña de 12 años, cuyos familiares eran allegados del sujeto.

El magistrado impuso dicha medida por el plazo de ocho meses, haciendo lugar en forma parcial al pedido de la fiscal Daniela Yslas, que acusó al individuo como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, y requirió que la preventiva sea por el plazo de ley, de dos años.

Amenazó a la víctima

El hecho que le endilgan al sujeto sucedió en diciembre del 2022, cuando la víctima- que tenía 12 años en ese momento- fue a descansar en un dormitorio de la casa de su abuela, situada en el mencionado barrio capitalino, donde también vivía el acusado, el cual aprovechó tal circunstancia para ingresar a la habitación y someter sexualmente a la menor y la amenazó para que guardara silencio.

De acuerdo a la información que se aportó a Santiago News, el acusado M.P.I ya había Sido condenado por un hecho anterior, y por tal razón es considerado reincidente. Su defensa se opuso a la solicitud de la fiscalía y pidió que su asistido sea excarcelado con las medidas restrictivas correspondientes.

Sin embargo el juez Paradelo consideró que existen peligros procesales y decidió dictar la prisión preventiva por el plazo de ocho meses.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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