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Judiciales

Aún con arresto domiciliario seguía vendiendo drogas: Le dictaron la preventiva

Un individuo domiciliado en el barrio Finca de Ramos de La Banda, que había sido beneficiado con el arresto domiciliario y aún así continuaba vendiendo drogas en la vivienda donde estaba alojado, sufrió un revés judicial en la mañana de este lunes, porque el juez Gino Nicolai le dictó la prisión preventiva por el plazo de dos años.

La resolución le fue aplicada a Gerardo Panzerini, a quien la fiscal Pilar Gallo imputó el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, y sosteniendo la vigencia de los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento al accionar de la Justicia solicitó dictarle la preventiva por el término legal de dos años.

La condena anterior

Cabe informar que el 15 de mayo de 2024 el entonces juez Eduardo Ordóñez Ducca lo había condenado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo bajo la modalidad de arresto domiciliario.

Posteriormente se produjeron denuncias anónimas que indicaban que Panzerini continuaba vendiendo sustancias tóxicas desde su domicilio, por lo que efectivos de la División Drogas Peligrosas inició una investigación y obtuvieron evidencias que corroboraron las denuncias.

Con tales pruebas la fiscalía solicitó al juez una orden de allanamiento, que se concretó el 22 de abril de este años, ocasión en que le secuestraron envoltorios que contenían cocaína y marihuana, los que fueron hallados en distintas dependencias de la casa, además de incautar otros elementos vinculados a la actividad ilícita que desplegaba en el lugar.

La defensa de Panzerini se opuso al pedido de la fiscal y solicitó que el sujeto sea excarcelado, planteo que no prosperó.

Judiciales

Ratifican y amplían denuncia en contra de un psiquiatra: La ex pareja lo acusa de abusarla sexualmente en contexto de violencia de género

Con el patrocinio de la Dra. Carolina Ordóñez aportó nuevos datos, pide recibir testimonio a dos personas, y realizar pericias al celular del acusado.

La víctima había denunciado al profesional el 20 de mayo del corriente año, endilgándole amenazas, sometimiento y administración de medicación que le provocaba estados de somnolencia y disminución en sus capacidades de reacción.

La denunciante puso en conocimiento del Ministerio Público Fiscal nuevos hechos y circunstancias que pudo exteriorizar y precisar en forma posterior a la segunda denuncia que se realizó en contra del psiquiatra. En tal sentido, en la primera denuncia no relató los abusos sexuales que sí mencionó en su segunda denuncia, en agosto del corriente año.

La Dra. Ordóñez, que se constituyó como parte querellante en representación de la víctima, justifica que no se haya denunciado los abusos desde la primera denuncia, «ya que la circunstancia debe ser comprendida dentro del contexto integral de la relación, y del estado en que se encontraba mi representada, sostiene la letrada.

Aclaró que no se intenta desconocer ni modificar lo manifestado en la denuncia inicial, sino que -por el contrario- se amplía la denuncia «a partir de recuerdos, asociaciones y elementos que mi representada ha podido exteriorizar con posterioridad», indica la abogada.

Explica que en la primera denuncia, realizada ante personal masculino de la Comisaría N° 7, a su asistida le dio vergüenza mencionar las cuestiones sexuales, además de resaltar que la mujer estaba pasando por una situación de mucho miedo, angustia, dependencia emocional, además de un estado de vulnerabilidad absoluta, e inmersa en una relación de poder por la situación que atravesaba, encontrándose imposibilitada de comprender, ordenar y exteriorizar lo sucedido», refiere la Dra. Ordóñez.

La letrada explicó que la contención que le brindaron sus amigas y por medio de técnicas y entrevistas psicológicas realizadas por el equipo especializado en la Oficina de Violencia, recién pudo develar la situación vinculada a las situaciones de abuso sexual que sufrió por parte del psiquiatra denunciado.

Por respeto a la víctima Santiago News no consignará las prácticas sexuales a que era sometida por el individuo, según asegura la víctima, cuyas precisiones si están detalladas en la ampliación de la denuncia que se realizó, en la cual además se aportaron importantes elementos de prueba para que sean incorporados al legajo.

Audios a la tía del acusado

Entre las piezas probatorias aportadas figuran los audios que – a través de la red social WhatsApp- le envió a la tía del psiquiatra, en circunstancias que estaba desorientada, con mucho dolor de cuerpo y casi sin poder caminar debido a los efectos de las sustancias que su ex pareja le había suministrado.

La Dra. Ordóñez considera de vital importancia la incorporación de tales audios, «porque constituyen un registro contemporáneos a los hechos relatados, y que permiten comprobar el estado que presentaba mi asistida al momento de realizar tales comunicaciones. Su estado se podrá apreciar por el tono de vos, la lentitud del habla, la dificultad en la articulación de las palabras, lo que acredita el estado de somnolencia y la afectación psicofísica de la denunciante», remarcó la abogada.

La profesional explica que posteriormente su asistida develó lo que le había pasado a personas de su confianza, aportando los datos de identidad de dos amigas, a las que solicita se le recepten sus testimonios para corroborar lo antes manifestado, y para que aporten todo lo que les había contado la denunciante.

La querellante también solicitó que a su representada se le realice una nueva evaluación psicológica especializada, con profesionales que tengan formación específica en violencia de género y violencia sexual, además de requerir que se determinen los efectos de las sustancias identificadas en los blísteres aportados, lo cual consideró una pericia de especial relevancia.

Finalmente, la Dra. Ordóñez solicita a la fiscalía interviniente que una vez reunidos los elementos de convicción suficientes, «se evalúe la procedencia de la correspondiente imputación y calificación jurídica de los hechos.

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