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Judiciales

Amplían la denuncia contra UM Argentina: presentan chats, contratos y nuevas pruebas

La causa judicial que involucra a la firma UM Argentina sumó un nuevo capítulo este miércoles, luego de que un empresario cordobés ampliara formalmente la denuncia presentada contra la empresa y algunos de sus integrantes, en una investigación que gira alrededor de presuntas maniobras de defraudación.

El planteo fue realizado por Alejandro Martín Marchese ante la fiscal Victoria Ledesma, acompañado por sus abogados Diego Lindow y Jorge Navarro. Según trascendió, el inversor aportó abundante documentación, conversaciones mantenidas con directivos de la firma y detalles vinculados al contrato celebrado meses atrás con el fallecido financista Martín Maldonado.

De acuerdo con la presentación, Marchese reclama el cumplimiento de un acuerdo económico celebrado en octubre de 2024, mediante el cual habría entregado un capital inicial de 200.000 dólares bajo la modalidad de “mutuo dinerario”. Según sostiene la denuncia, durante varios meses los pagos acordados se habrían cumplido con normalidad.

Sin embargo, la situación habría cambiado de manera abrupta el pasado 2 de marzo, fecha en la que Maldonado fue hallado muerto en su vivienda ubicada en la zona de El Timbó. Desde entonces —siempre según la denuncia— los pagos se interrumpieron y comenzaron una serie de respuestas evasivas frente a los reclamos de distintos inversores.

La denuncia apunta ahora no solo contra la firma UM Argentina S.A., sino también contra Gastón Iván Roldán y Evelin María Tasada, esposa del empresario fallecido. Para los denunciantes, las obligaciones asumidas por la empresa continúan vigentes pese a la muerte de quien era señalado como gerente de la financiera.

El eje del conflicto

Los abogados de Marchese sostienen que el contrato suscripto resulta plenamente válido y exigible, y que existirían elementos suficientes para investigar posibles figuras penales vinculadas a “defraudación por retención indebida” y “desbaratamiento de derechos acordados”.

En esa línea, remarcan que las cartas documento e intimaciones enviadas tras la muerte de Maldonado no habrían obtenido respuestas satisfactorias, situación que terminó derivando en la ampliación de la denuncia penal.

La fiscalía deberá ahora analizar la documentación incorporada al expediente y determinar si existen elementos para profundizar la investigación sobre la operatoria financiera de la firma y la eventual responsabilidad de sus socios.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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