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Judiciales

El hijo del «Tata» Barcenilla seguirá entre rejas por la sustracción de 4 toneladas de soja

La jueza María Pía Danielsen le dictó la prisión preventiva para él y para un cómplice, haciendo lugar al pedido de la fiscalía.

En el transcurso de una audiencia celebrada este martes el Dr. Nicolás Heredia, de la Unidad Fiscal de Tierras, solicitó que se dicte la prisión preventiva para Rafael Gustavo Barcenilla (a) «Pili», y para su cómplice Walter Horacio Centurión, ambos acusados por el delito de robo calificado, hecho perpetrado el 6 de julio del corriente año.

Ambos inculpados ingresaron al establecimiento rural «San Eduardo», situado en el Desvío La Paloma y a la vera de la Ruta N° 89, a pocos kilómetros de la ciudad de Quimilí (Moreno), donde procedieron a violentar los silos bolsas para sustraer aproximadamente 4 toneladas de soja, a las que cargaron en un camión y se dieron a la fuga.

Tras la denuncia del damnificado se impartieron los alertas pertinentes y se requirió la colaboración de la Policía de Chaco, que interceptó al camión a la altura de General Capdevila de la provincia vecina. Los efectivos solicitaron la documentación del rodado y la carta de porte que acreditara el origen de la soga que transportaban, de lo cual adujeron no tener, por lo que se dispuso que ambos quedaran privados de la libertad.

Lo requerido por las partes

El fiscal Heredia solicitó que se dicte la medida coercitiva al considerar plenamente vigentes los peligros procesales de entorpecimiento al accionar de la Justicia, y especialmente el de fuga, a la vez de advertir a la jueza sobre los graves antecedentes penales con que cuenta «Pili» Barcenilla, quien posee varios legajos por distintos hechos delictivos, algunos de ellos consumados en complicidad de su hermana Rafaela.

La Dra. Lorena Anríquez -abogada de Barcenilla- y la defensa oficial que asiste legalmente a Centurión coincidieron en solicitar que se dicte la falta de mérito para ambos sujetos, y que sean excarcelados, planteos que fueron rechazados por la magistrada, quien hizo lugar al pedido de la fiscalía y les dictó la prisión preventiva.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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