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Judiciales

Acusado de quemar a su ex pareja tras arrojarle alcohol en la cara seguirá entre las rejas

El grave hecho ocurrió en el barrio Rivadavia de la Capital el 19 de junio del corriente año.

Un sujeto identificado como Juan José Rodríguez sufrió un duro revés judicial ya que la jueza de Género, Dra. Cecilia Laportilla, le dictó la prisión preventiva por estar acusado del delito de lesiones gravísimas calificadas en perjuicio de su ex pareja, calificativa impuesta por la fiscal Mariela Judith Díaz, quien estuvo a cargo de la investigación.

El hecho investigado ocurrió el 19 de junio de este año, cuando la pareja se encontraba en inmediaciones del pasaje Monseñor Dubrovich y Avenida Rivadavia. Tras una discusión por motivos que se procuran establecer, el acusado le arrojó alcohol sobre el rostro y el cuerpo a la víctima y posteriormente utilizó un encendedor para prenderle fuego.

La mujer sufrió graves quemaduras por lo que tuvo que ser trasladada en forma urgente a un hospital, a efectos de ser asistida por los médicos, quienes constataron las severas lesiones.

En el transcurso de una audiencia, la fiscal Díaz solicitó que se dicte la medida coercitiva por el plazo de ley, de dos años, por considerar plenamente vigentes los peligros procesales de fuga y/o entorpecimiento al accionar de la Justicia, resaltando además el grado de vulnerabilidad de la víctima, entre otros argumentos.

Por su parte, la defensa de Rodríguez pidió que este sea excarcelado con las restricciones que sean necesarias, pero la jueza rechazó de plano tal requerimiento y dictó la prisión preventiva, por lo que el agresor continuará el proceso alojado en una celda.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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