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Judiciales

Fiscalía pide la pena máxima para el autor de un crimen en el marco de un trío entre hombres

El Ministerio Fiscal, representado por los Dres. Alejandra Holgado y José Piña, requirió imponer la pena de prisión perpetua a un sujeto que mató de cuatro disparos a un joven, con el cual mantenía una relación sentimental, tras tomar conocimiento que la víctima también tenía un vínculo amoroso con un efectivo policial.
Los fiscales solicitaron la pena máxima para Sergio Daniel Ceballos, a quien consideraron autor material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado, por ensañamiento, alevosía y por el vínculo, en perjuicio de Hugo Nazareno Cruz, a quien apodaban «Monito».

Datos sobre el crimen
La causa tuvo su origen en la madrugada del 2 de septiembre de 2022, cuando «Monito» Cruz fue hallado sin vida y con cuatro balazos en su cuerpo a orillas de las vías del ferrocarril, en la ciudad de Beltrán, departamento Robles.
Dicho día Cruz estaba en una plaza reunido con varios amigos, cuando de pronto recibió un mensaje de WhatsApp en su teléfono celular, tras lo cual se retiró. Horas después su cuerpo fue encontrado sin vida.
La investigación determinó que el occiso mantenía una relación sentimental con Ceballos, y que un policía se había transformado en el tercero en discordia, ya que -al parecer- también mantenía relaciones sexuales con «Monito», quien fue asesinado con la pistola del efectivo, que había sido robada por el acusado en una reunión.
La fiscalía sostiene el agravante de la alevosía y ensañamiento en la completa indefensión de la víctima, y el del vínculo al sostener que víctima y acusado eran pareja, lo cual incluso habría sido puesto de manifestó por una psicóloga que intervino en el caso realizando pericias al inculpado.

Planteo de la defensa
La abogada Úrsula Fava, defensora de Ceballos, se opuso al requerimiento de la fiscalía y sostuvo que no había certezas que indicaran que su cliente fue el autor del crimen, por lo cual solicitó que el sujeto sea absuelto por el beneficio de la duda. En forma subsidiaria la letrada pidió a los jueces que eliminen los agravantes y apliquen la pena mínima prevista para el delito de homicidio simple.
Finalmente, el tribunal que componen los Dres. Sara Harón, Graciela Viaña de Avendaño y Fernando Viaña decidió diferir la última palabra del imputado en juicio, y también el dictado del veredicto, para una fecha a fijarse oportunamente.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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