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Judiciales

Histórico: Se hizo un juicio abreviado bajo la modalidad virtual, con el imputado en Australia

En la Justicia provincial se llevó a cabo un juicio abreviado por el delito de homicidio culposo en accidente de tránsito, durante el cual el imputado estuvo presente por vía virtual, ya que hace más un año se encuentra residiendo en Australia.
Tras un análisis pormenorizado de la prueba producida en la investigación penal, la defensa técnica a cargo del Dr. Martín Aguirre llegó a un acuerdo con el Ministerio Público Fiscal, para la aplicación de una pena de tres años de prisión en suspenso e inhabilitación para conducir por un plazo de cinco años.

El hecho imputado
El hecho ocurrió en la localidad de Garza , departamento Sarmiento, en abril de 2020, en circunstancias que el imputado -quien posee una distribuidora-, se dirigía en la camioneta de su empresa en sentido sudoeste-noreste realizando el despacho de mercadería, llevando en la caja del vehículo a dos empleados, uno de los cuales iba sentado en la baranda.

Al querer cruzar el acceso norte de dicha localidad el conductor logra advertir que el mismo se encontraba cerrado por lo cual gira en «U», lo cual hizo perder el equilibrio a uno de los ocupantes que iba a en la parte trasera, cayendo al asfalto y lamentablemente le pasaron las ruedas del vehículo por su cuerpo. Inmediatamente el conductor detuvo la marcha, buscó ayuda y la víctima fue trasladada al Hospital zonal, donde lamentablemente luego falleció.


Un antecedente clave para la Justicia Virtual
El Dr. Aguirre subrayó la relevancia institucional de este debate, ya que representa el primer precedente en la provincia y en el país donde un imputado recibe una condena bajo la modalidad de juicio abreviado, participando de manera 100% en forma virtual. A pesar de las 12 horas de diferencia con Australia, el acusado pudo seguir las alternativas de la audiencia en tiempo real gracias a los sistemas de conectividad del Poder Judicial local.

Importantísimo rol
«Este formato procesal sienta un precedente fundamental en la provincia respecto al uso de tecnologías para garantizar el acceso a la justicia, papel importantísimo jugo el rol de la OGA de Juicio Oral cuyo director es el Dr. Alejandro Presti quien coordinó la virtualidad con el magistrado, el fiscal , la defensa y el imputado «, destacó el letrado.
Para finalizar, el defensor aclaró que la autoría del hecho por parte de su representado nunca estuvo en disputa. Afirmó que el acusado siempre fue consciente de la magnitud de la tragedia y asumió su responsabilidad desde el primer momento, actitud que facilitó la resolución del conflicto penal mediante este acuerdo.
Una vez oídas las partes, el Dr. Raúl Alberto Santucho, en su carácter de juez del Tribunal de Juicio Oral, se dirigió por vía virtual directa al imputado a fin de explicarle los términos del acuerdo. Al prestar este su consentimiento, el juzgador pasó a dictar la correspondiente homologación.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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