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Judiciales

Dictan prisión preventiva para tres imputados por robo doblemente calificado en barrio Huaico Hondo

La fiscal Dra. María Fernanda Vittar solicitó la prisión preventiva para Ramón Alejandro Silva, Mauro Santiago Vera y Leandro Walter López, imputados por el delito de robo doblemente calificado por efracción y en poblado y en banda. La medida fue dispuesta por el juez de Control y Garantías, Dr. Amestegui, quien hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal y rechazó los pedidos de la defensa.

El hecho que se les atribuye ocurrió el 14 de febrero del corriente año, en horas de la madrugada, cuando los imputados se habrían presentado en un domicilio ubicado en el barrio Huaico Hondo. Según la investigación, los acusados habrían violentado la estructura del inmueble, picando una pared y retirando una reja metálica con ventanas corredizas para ingresar al interior.

Una vez dentro, los sujetos se habrían apoderado ilegítimamente de diversos elementos, entre ellos una reja de metal, dos ventanas de aluminio corredizas de cuatro hojas, una puerta de madera, una puerta placa, un ventilador de techo color blanco, un juego de griferías de baño, un inodoro y bidet, cortina de baño con ducha, un lavatorio de plástico, un tacho de pintura látex de 20 litros y dos tachos de membrana líquida, para luego darse a la fuga.

Durante la audiencia, la defensa solicitó el cambio de calificativa a robo simple y la excarcelación de los imputados.

Sin embargo, el magistrado rechazó ambos planteos y resolvió dictar la prisión preventiva, al considerar acreditados los riesgos procesales y la existencia del hecho conforme lo expuesto por la Fiscalía.

MPF Santiago del Estero

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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