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Judiciales

Un fallo con perspectiva de género permitió que Jésica Torres recupere la libertad

El caso de Jésica Torres, acusada por la muerte de su tío Jorge Osvaldo Torres en Campo Gallo, volvió a ser noticia en septiembre de 2026 cuando la joven recuperó su libertad tras acceder al beneficio de la libertad condicional. La resolución judicial se enmarca en un proceso atravesado por el reconocimiento de un contexto de violencia de género que marcó la vida de la acusada desde la infancia.

En diciembre de 2025 se llevó adelante el juicio oral, donde la defensa técnica ejercida por la Dra. Malena Bustos planteó que el hecho debía analizarse como un supuesto de legítima defensa. Durante el debate se acreditó que Jésica había sido víctima de abusos sexuales desde los cinco años de edad, además de sufrir agresiones físicas y verbales de manera constante por parte de quien luego resultó víctima del hecho.

La convivencia en un mismo terreno, con dos módulos habitacionales, la mantenía expuesta de manera permanente a su agresor. A ello se sumaban los episodios de consumo abusivo de alcohol del hombre, que incrementaban su agresividad y derivaban en insultos y ataques físicos.

En ese contexto de violencia sostenida durante años se produjo el hecho que derivó en el juicio. Según lo acreditado, Jésica reaccionó durante un forcejeo y le asestó una puñalada mortal a su tío. El hombre se retiró por sus propios medios a su habitación y posteriormente falleció.

El tribunal reconoció la existencia de violencia de género como un factor determinante, aunque no acogió íntegramente la postura de la defensa. Finalmente, condenó a Torres por exceso en la legítima defensa, imponiéndole una pena de cuatro años y seis meses de prisión. La decisión fue celebrada por la defensa, que consideró un avance el reconocimiento del contexto de violencia, aunque insistió en que correspondía la absolución plena.

Tras permanecer detenida desde 2023, Jésica accedió al beneficio de la libertad condicional en septiembre de 2026 y actualmente se encuentra en libertad. La defensa adelantó que continuará planteando la revisión de la sentencia, insistiendo en que el caso debe ser considerado como un ejemplo claro de legítima defensa en un contexto de violencia de género.

Este fallo se suma a otros antecedentes en los que los tribunales comienzan a aplicar una mirada con perspectiva de género, reconociendo que las condiciones de vulnerabilidad y violencia sostenida modifican los parámetros tradicionales de análisis en los delitos graves. Para la defensa, se trata de un paso importante hacia una justicia más sensible y acorde a las realidades que atraviesan las mujeres víctimas de violencia.

Judiciales

Caro, Lladó y Moyano quedaron libres en la causa Fürth Automotores: el juez desestimó asociación ilícita y ratificó la estafa

Se fijaron fianzas de 70 millones para Caro y Lladó, y de 20 millones para Moyano.

Este jueves, el juez Gastón Merino resolvió la excarcelación de Gerardo Caro, Matías Lladó y Graciela Moyano, imputados en la causa Fürth Automotores, que investiga maniobras fraudulentas por miles de millones de pesos. La decisión se plasmó en una extensa resolución que marca un giro en el proceso judicial.

El magistrado desestimó la figura de asociación ilícita, que había sido incorporada semanas atrás, y dejó firme la acusación por estafa, delito que continuará siendo el eje de la investigación.

En su resolución, Merino fijó fianza real de 70 millones de pesos para Caro y Lladó, mientras que para Moyano estableció una fianza de 20 millones de pesos. Los tres imputados recuperarán la libertad bajo estas condiciones, aunque seguirán vinculados al expediente.

La causa se originó tras denuncias de clientes que nunca recibieron los vehículos adquiridos, pese a haber abonado sumas millonarias. Según la investigación, entre 2024 y 2026 se habrían desviado más de 6.931 millones de pesos mediante operaciones irregulares con financieras y “arbolitos” .

En septiembre, la Fiscalía había imputado a Caro, Lladó y Moyano por asociación ilícita, sosteniendo que integraban una estructura organizada para defraudar a clientes y proveedores . Sin embargo, la resolución de Merino descartó esa figura, al considerar que no se acreditaron los elementos suficientes para sostenerla.

La defensa de los imputados había cuestionado reiteradamente la calificación de asociación ilícita, señalando que se trataba de un desmanejo administrativo más que de un delito organizado. Con la decisión del juez, esa postura gana terreno en el proceso.

De todos modos, la acusación por estafa se mantiene firme y será debatida en las próximas instancias judiciales. La Fiscalía y la querella evalúan apelar la resolución, mientras que los imputados deberán cumplir con las condiciones de fianza para recuperar la libertad.

El caso Fürth Automotores sigue siendo uno de los expedientes más resonantes de los últimos años en Santiago del Estero, con múltiples damnificados y un impacto económico que aún se intenta dimensionar.

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