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Judiciales

Condenaron a dos venezolanos por el robo de 100 mil dólares

La jueza María del Huerto Bravo Suárez les impuso penas de 2 y 3 años de prisión en suspenso.

En el transcurso de un juicio abreviado celebrado en la mañana de este miércoles, la magistrada impuso una condena de 3 años de prisión en suspenso a Saint Jhermaine Rodríguez Marrero, y de 2 años a Gilbert Johan García Álvarez. A ambos se aplicó una serie de reglas de conducta bajo apercibimiento de ser detenidos de inmediato si las incumplen.

El hecho ocurrió el 4 de septiembre de 2024 cuando la víctima, que necesitaba un préstamo de 4 millones de dólares para una inversión, se contactó con ciudadanos venezolanos, quienes se hacían pasar como financistas con oficinas en Buenos Aires.

Los sujetos le dijeron al damnificado que viajaban hacia Santiago del Estero trasladando una caja fuerte con el dinero requerido, acordando encontrarse en esta Capital. A la reunión la víctima debía llevar 100 mil dólares para los «gastos de gestión», según le indicaron.

Sin embargo, durante el encuentro los individuos sacaron a relucir armas de fuego, encañoraron a la víctima y lo despojaron de los 100 mil dólares, para luego huir dejando la caja fuerte, que al ser abierta se descubrió que solo contenían recortes de diarios.

El empresario damnificado radicó la denuncia en la División Delitos Económico, cuyo personal inició una investigación que logró ubicar a Rodríguez Marrero y a García Álvarez, a los que procedió a detener, aunque se determinó que no eran los autores del hecho delictivo, sino que fueron colaboradores.

Ayer la fiscal Luciana Jacobo y los abogados Franklin Moyano y Eliana Frías, abogados defensores de los imputados, presentaron el acuerdo a la jueza, quien al contar con la conformidad para el trámite abreviado homologó lo convenido por las partes. Ambos sujetos recuperaron ayer la libertad ambulatoria.

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Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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