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Judiciales

Eximen de prisión a sujeto acusado de robar en un comercio y quedó filmado en las cámaras de seguridad

La jueza Érika Casagrande Valdueza hizo lugar al planteo impulsado por el abogado Martín Rojas Verón, y concedió la eximición de prisión solicitada para Alexandro Héctor Esparza, de 25 años, a quien el fiscal Martín Silva imputó por el delito de robo simple en perjuicio de Mario Anchoriz, propietario del negocio donde se produjo el hecho delictivo.

En su presentación el letrado indica que el 9 de mayo del corriente su representado tomó conocimiento de la existencia de un video -que se viralizó por las redes sociales- en donde se observa a un sujeto que presenta similares características físicas a la de Esparza, quien en razón de haber consumido sustancias psicotrópicas no recuerda que hizo el referido día.

Al momento de ser indagado en la fiscalía, el imputado se abstuvo de declarar siguiendo una recomendación de su abogado, y continúa con libertad ambulatoria.

Judiciales

La Cámara de Apelaciones rechazó un recurso y confirmó condenas por abuso sexual en Monte Quemado

La Cámara de Apelaciones y Control en lo Penal de Santiago del Estero resolvió rechazar el recurso de alzada presentado por la defensa de José Antonio Legunda, Cristian Alejandro Gómez y Walter Alejandro González, confirmando las condenas dictadas en primera instancia por abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas.

El fallo ratificó la pena de 11 años de prisión para uno y de 8 años para otros dos individuos, en un caso que conmocionó a la localidad de Monte Quemado desde septiembre de 2020. La víctima, una joven declarada incapaz en sede civil, fue interceptada y sometida bajo amenazas por los tres imputados.

La defensa había cuestionado la sentencia alegando arbitrariedad, nulidad de pruebas médicas y la falta de declaración de la víctima en el juicio oral. Sin embargo, la Cámara consideró que la exclusión de su testimonio obedeció a razones de protección, dado su estado de vulnerabilidad, y que la condena se sustentó en un bloque probatorio sólido compuesto por pericias médicas, testimonios y reconstrucciones del hecho.

El Ministerio Público Fiscal, representado por los doctores Luis Gabriel Gómez y Santiago Bridoux de la Unidad Fiscal de Monte Quemado, se opuso al recurso y defendió la validez de la sentencia. Los fiscales remarcaron que se trataba de una víctima con “triple vulnerabilidad: mujer, incapaz y menor de edad”, y que la prueba reunida era suficiente para acreditar la responsabilidad penal de los acusados.

La Cámara coincidió con la postura fiscal y destacó que en delitos sexuales cometidos en clandestinidad contra personas con discapacidad, la ausencia de testimonio directo puede ser suplida por pruebas indirectas e indiciarias convergentes. “El derecho de confrontación no es absoluto cuando se trata de proteger la integridad psicofísica de una persona vulnerable”, sostuvo el tribunal.

De esta manera, se confirmó la sentencia del Tribunal de Juicio Oral y se rechazó también el pedido de prisión domiciliaria para Legunda. El fallo reafirma el trabajo de la Unidad Fiscal de Monte Quemado, que llevó adelante una investigación compleja y logró sostener la acusación en todas las instancias.

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