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Judiciales

Narcomenudeo: Duro revés para integrantes del clan Cancinos

Dos integrantes de una familia residente en el barrio Almirante Brown de la Capital, que junto a otros parientes se dedicaban a vender drogas, hecho por el que fueron detenidos el 21 de abril del corriente año tras permanecer dos semanas prófugos, sufrieron un revés judicial este jueves y deberán seguir privados de la libertad, porque el juez Héctor Salomón les dictó la prisión preventiva.

Tal resolución judicial recayó en Brian Cancinos y Claudio René Cancinos, a quienes la fiscal Florencia Torres Cianferoni acusa por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Por una denuncia anónima

La investigación se inició en marzo del corriente año, luego que personal policial de la Dirección General de Drogas Peligrosas recibiera una denuncia anónima, la cual indicaba que integrantes de la familia Cancinos comercializaban sustancias tóxicas en un domicilio situado en dicho barrio.

De inmediato se iniciaron tareas de inteligencia y vigilancia encubierta, mediante las cuales los efectivos consiguieron evidencias de la ilegal actividad, las que fueron aportadas a la fiscalía.

La investigación determinó que la madre de familia, tres hijos y la pareja de uno de ellos se dedicarían a la venta de sustancias ilícitas desde el inmueble. Para disimular la actividad ilícita utilizaban un kiosco como fachada.

Ordenan allanamiento

Con las piezas probatorias colectadas la fiscal solicitó al juez Rodolfo Améstegui que ordene el allanamiento de domicilio, las detenciones de los implicados y el secuestro de estupefacientes y elementos vinculados a la ilegal actividad.

El procedimiento se llevó a cabo el 6 de abril de este año, ocasión en que fueron detenidos Carmen Cancinos, Florencia Cancinos y un sujeto de apellido Sánchez, mientras que Brian y Claudio René Cancinos no fueron hallados en dicho domicilio, aunque 15 días después fueron detenidos, siendo alojados en una celda de la Comisaría 59.

Ante la vigencia de los peligros procesales la fiscal Torres Cianferoni solicitó que se dicte la prisión preventiva, en tanto que la defensa pidió que ambos sujetos sean excarcelados, planteo que no prosperó.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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