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Judiciales

Aplican pena efectiva a cuatro sujetos que vendían drogas en el barrio Sarmiento de Capital

Cuatro individuos que se dedicaban a vender drogas en el barrio Sarmiento de la Capital, fueron condenados este lunes por el juez Héctor Salomón, quien en el transcurso de un juicio abreviado les aplicó penas de cumplimiento efectivo.
Los sujetos condenados son los hermanos Ramiro Nicolás y Rodrigo Matías Monje, a quienes se aplicó una pena de 4 años y 8 meses de prisión. El primero de ellos ya contaba una condena anterior de 3 años de prisión en suspenso, como autor de los delitos de tenencia simple de estupefacientes y encubrimiento agravado.


Los demás sentenciados fueron Pedro Ángel Páez y Andrés Maximiliano Tévez, quienes recibieron penas de 4 años y 6 meses de prisión, también de cumplimiento efectivo. Los cuatro fueron considerados autores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Los imputados desplegaban tal actividad ilegal en una gruta situada en la calle Granadero Saavedra, en el mencionado barrio de la Capital, y fueron detenidos durante allanamientos efectuados en dicho lugar y en sus respectivos domicilios el 4 de agosto de 2023, secuestrándose en la ocasión marihuana, cocaína, plantas de cannabis sativa, pastillas, dinero en efectivo, teléfonos celulares, balanzas de precisión y otros objetos vinculados a la comercialización de drogas.

Por denuncia anónima
La investigación se inició en base a una denuncia anónima del 3 de mayo de 2023, que indicaba que en dicha gruta y en distintos domicilios los inculpados vendían sustancias tóxicas. A partir del día siguiente y hasta agosto de ese mismo año los policías realizaron una investigación, durante la cual produjeron 21 informes con evidencias de la ilegal actividad, en los cuales se incluían fotografías y videos, por lo cual la fiscalía solicitó a un juez que libre la correspondiente orden de allanamiento, detenciones y secuestros.
Durante el procedimiento se logró la detención se siete individuos, en tanto que Ramiro Monje logró darse a la fuga y se mantuvo en calidad de prófugo, hasta que fue detenido en un nuevo allanamiento realizado tiempo después.
En el transcurso de una audiencia la fiscal Virginia Abrate, el defensor oficial Ángel Roger Luna Roldán y los abogados Delfín Santillán y Paulo Campos, presentaron al juez el acuerdo al que habían arribado, con plena conformidad de los imputados, y solicitaron que sea homologado.
Tras analizar dicho convenio y luego de consultar a los sujetos si estaban conformes con las penas a aplicarse, a lo cual los imputados respondieron en forma positiva, el magistrado hizo lugar al pedido de las partes, convalidando lo que habían convenido.

Judiciales

Nueva Ley Penal Juvenil: baja la edad de imputabilidad y fija un máximo de 15 años de prisión para menores

Entró en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a 14 años y fija un máximo de 15 años de prisión para delitos graves. El Dr. Diego Lindow explicó los alcances de la norma y destacó que Santiago del Estero cuenta con jueces especializados en minoridad.

El pasado 5 de septiembre entró en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, que reemplaza al antiguo Régimen Penal de la Minoridad y establece cambios sustanciales en el tratamiento de los delitos cometidos por adolescentes. El Dr. Diego Lindow explicó los principales puntos de la norma y cómo impactará en la justicia provincial.

Uno de los cambios más relevantes es la baja en la edad de imputabilidad, que pasa de los 16 a los 14 años. A partir de esa edad, los menores pueden ser responsabilizados penalmente por distintos delitos, aunque la ley establece un sistema diferenciado según la gravedad de las conductas.

Para los delitos menores, cuya pena no supera los tres años de prisión, los jueces deberán aplicar medidas alternativas a la detención, como amonestaciones, prohibiciones de contacto con la víctima o restricciones de circulación. En los casos de delitos con penas de entre tres y diez años, se prevé que los magistrados puedan optar también por medidas alternativas, siempre que no haya daños graves a la salud o uso de violencia física significativa.

En los delitos más graves, la ley sí contempla la privación de libertad, pero con condiciones específicas: los menores nunca compartirán lugares de detención con adultos y el límite máximo de pena será de 15 años de prisión, descartando la posibilidad de perpetua. “La norma busca siempre la resocialización y la reinserción social de los menores, con acompañamiento del Estado”, subrayó Lindow.

El especialista aclaró que la ley se aplica a jóvenes de 14 a 18 años. Una vez cumplida la mayoría de edad, los imputados responden como adultos bajo el Código Penal. “Un homicidio cometido a los 14 años no puede tener la misma consecuencia que si lo comete alguien de 20. El máximo para un menor es de 15 años, mientras que un adulto puede recibir hasta 25 años”, explicó.

En cuanto a la aplicación práctica, Lindow señaló que será necesario un análisis estadístico para determinar el impacto real, ya que los delitos graves cometidos por menores representan un porcentaje reducido. También mencionó que en Buenos Aires la norma fue suspendida por 60 días a través de un habeas corpus, aunque consideró que esa medida es una “injerencia del Poder Judicial sobre el Legislativo”.

Finalmente, destacó que Santiago del Estero es pionera en la materia, ya que cuenta con jueces especializados en minoridad y juzgados competentes para aplicar la nueva normativa. “Tenemos dos jueces de control y garantías con competencia en minoridad, lo que nos permite poner el foco en la problemática juvenil con herramientas específicas”, concluyó.

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